martes, 18 de diciembre de 2018

TECNOLOGÍA JIGSAW

Tecnología Jigsaw 


Jigsaw es una tecnología o plataforma de última generación que facilita la toma decisiones y es usado a nivel de inteligencia. Debido a que el material proporcionado por El Dr. Cadiz se encuentra en inglés se hizo muy difícil la lectura del mismo por el mínimo conocimiento de esta lengua extranjera. Sin embargo el resumen se realizará según la información dada en clases.

Jigsaw puede ser un programa usado en una sala situacional para tener un enfoque completo del panorama a estudiar o analizar, gracias a las bondades de dicho software.

Podría decirse también que gracias a su implementación puede ser una herramienta de gerencia potente, ya que se pueden tomar decisiones según los datos suministrados.

Si lo usamos desde otro punto de vista, pudiéramos decir que Jigsaw pudiera ser utilizado para disminuir los sistemas de corrupción en nuestro país y cualquier otro del mundo; ya que gracias a él y a los resultados obtenidos se puede cruzar la información y observar detalles que ha simple vista no se pueden visualizar.

Para concluir podemos decir que esta es una herramienta de análisis de datos en tiempo real, que sirve para la toma de decisiones en un tema determinado ofreciendo así mayor seguridad y menos riesgos o errores.

lunes, 10 de diciembre de 2018

HERRAMINETAS DIGITALES PARA LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA

La investigación científica se puede definir como unas series de etapa a través de las cuales se busca el conocimiento mediante la aplicación de ciertos métodos y principios (Garza y Alfredo).


Ahora bien la tecnología, a medida que pasa el tiempo, trae consigo a pasos agigantados el auge de nuevas herramientas que podemos usar al momento de realizar una investigación científica; las cuales nos facilitarán el trabajo durante el desarrollo de la misma. Hoy en día haremos mención a las siguientes y dejaremos su enlace por si desea probarlos:


DETECTORES DE PLAGIO


PLAGTRACKER: es una aplicación web que nos permite conocer si un texto recogido de un artículo en la web o extraído de un documento impreso es una imitación de algún otro artículo anteriormente publicado.

PLAGIUM: es un buscador, en este caso utiliza el motor de búsqueda de Yahoo, y su misión es encontrar la secuencia de palabras que le indiquemos, devolviéndonos los resultados de la búsqueda con bastante rapidez.

PLAGSCAN: es un software de detención de plagio utilizado principalmente por instituciones académicas.

PLAGIARISMA: Detector de plagio y antiplagio gratis para estudiantes, profesores, investigadores, educadores, científicos, ensayistas, escritores.


REVISIÓN DE LITERATURA


EFDEPORTES: Revista digital mensual sobre temas de Educación Física, Ciencias de la Actividad Física y el Deporte y Salud integral.

EDUTEKA: es un portal web creado con el fin de ayudar a los educadores en el proceso de adopción y uso de las Tecnologías de la información y las Comunicaciones (TIC) en ambientes.

DIALNET: Dialnet es un portal de difusión de la producción científica hispana que inició su funcionamiento en el año 2001 especializado en ciencias humanas y sociales.


ESCRITURA CIENTÍFICA 


SCIENTIFIC WORD: persigue dos objetivos por un lado, constituir un procesador completo para redactar documentos científicos, matemáticos y técnicos con un acabado profesional y, por el otro, reducir el esfuerzo que supone esta tarea.

ENDNOTE: es un paquete informático de gestión de referencias, usado para manejar listados bibliográficos y citas al escribir ensayos y artículos.

MIKTEX: Gestor de fuentes, caracteres especiales y macros para la edición de texto.


BIOESTADISTICO: Entrenamiento en análisis de datos aplicado a la investigación científica para docentes universitarios de las ciencias de la salud y las ciencias sociales.


ANÁLISIS DE DATOS CUALITATIVOS

QDA MINERes un software de análisis de datos cualitativos y métodos mixtos desarrollado por Provalis Research. El programa fue diseñado para ayudar a los investigadores a gestionar, codificar y analizar datos cualitativos

ETHNOGRAPH 6.0: fue uno de los primeros programas en ser pionero en análisis cualitativo asistido por computador, diseñado para encontrar y resaltar segmentos de interés dentro de los datos, marcarlos con códigos y correr análisis descriptivos e interpretativos.

ATLAS TI: es un programa de computadora utilizado principalmente, pero no exclusivamente, en investigación cualitativa o análisis de datos cualitativos.


DECRETO 9052

DECRETO 9052




Decreto N° 9.052, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley que promueve y regula las nuevas formas asociativas conjuntas entre el Estado, la iniciativa comunitaria y privada para el desarrollo de la economía nacional



Decreto N° 9.052 15 de junio de 2012
Gaceta Nº: 39.945


HUGO CHÁVEZ FRÍAS

Presidente de la República

Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del socialismo, la refundación de la República, basado en principios humanistas, sustentado en los principios morales y éticos bolivarianos que persiguen el progreso de la patria y del colectivo, por mandato del pueblo y en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 236 numeral 8 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el numeral 1, literal c del artículo 1° de la Ley que Autoriza al Presidente de la República para dictar Decretos con Rango, Valor y Fuerza de Ley en las materias que se delegan, en Consejo de Ministros.

DICTA

El siguiente,

DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY QUE PROMUEVE Y REGULA LAS NUEVAS FORMAS ASOCIATIVAS CONJUNTAS ENTRE EL ESTADO, LA INICIATIVA COMUNITARIA Y PRIVADA PARA EL DESARROLLO DE LA ECONOMÍA NACIONAL




Capítulo I

Disposiciones Generales

Artículo 1

Objeto

El presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley tiene por objeto normalizar, nuevas formas asociativas de transición al socialismo. A tal efecto las personas naturales o jurídicas, conscientes de las relaciones productivas basadas en una distribución justa de riqueza y defensa de la soberanía económica, manifiestan su voluntad de asociarse con el estado a través de un esfuerzo conjunto para consolidar un desarrollo armónico de la economía nacional. Artículo 2

Nuevas Formas Asociativas

El Estado conjuntamente con la iniciativa comunitaria y privada, promoverá la creación de nuevas formas asociativas, estableciendo un mínimo de 40% de participación accionaria del Estado, para generar un alto valor agregado nacional, garantizando la seguridad jurídica, de éstas, la solidez, dinamismo, sustentabilidad, permanencia y equidad, en el crecimiento económico, mediante una planificación estratégica democrática participativa.

Artículo 3

Definiciones

A los efectos de la presente ley, se definen los siguientes términos:

1. ALIANZAS ESTRATÉGICAS: es el acuerdo que se desprende entre una empresa privada o comunitaria y el Estado Nacional a efectos de compartir procesos productivos, bien sea en una misma actividad o en encadenamientos asociados. En estas alianzas las empresas involucradas conservan su identidad jurídica por separado y establecen la asociación para los fines descritos.

2. EMPRESAS CONJUNTAS: es una empresa mixta cuyo capital accionario por parte del Estado Nacional sea un mínimo de 40%. En el caso que el Estado no represente la mayoría accionaria contará con la potestad del derecho al veto en decisiones de carácter estratégico. Estas empresas conjuntas pueden o bien ser nuevas o producto de incorporación por vía accionaria.

3. CONGLOMERADOS: es un conjunto de empresas públicas y/o privadas que se asocian para un fin determinado planificando esquemas conjuntos para adquisición de materias primas, marcas colectivas, producción, distribución y comercialización. Contarán con una empresa del Estado o conjunta para agrupar los procesos de escala, tanto de importación directa, como de coordinación de actividades, de distribución, logística y comercialización. Artículo 4

Reconocimiento conjunto

El presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley, se enmarca en el reconocimiento conjunto de procesos transitorios que involucran nuevas formas de relación con el ambiente laboral, reconocimiento de las redes productivas, la economía comunal, la formación en las escuelas en las fábricas, la complementación de los injertos y los punto y círculo, con el encadenamiento productivo, para impulsar la producción nacional con el propósito de garantizar la satisfacción de la demanda interna de bienes y servicios, así como promover una nueva base de exportación.

Artículo 5

De los Principios

El presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley, se enmarca en los siguientes principios:

1. FORMAS DE PROPIEDAD: En el marco del proceso de transición al socialismo, se impulsan nuevas formas asociativas que permitan sembrar injertos de transformación del metabolismo del capital. El Estado promoverá las formas de propiedad privada no monopólica, social, directa, indirecta o combinaciones que originen formas de propiedad mixta.

2. RELACIÓN PRODUCTO- SATISFACCIÓN DE NECESIDADES: La definición de los productos priorizados no está enmarcada en la lógica del mercado. Es el criterio social lo que define las demandas, dentro del contexto estratégico de los planes de desarrollo de la nación, siendo prioritarias las necesidades más esenciales: alimentación, salud, vivienda, vestido, educación, ciencia y tecnología, cultura.

3. SUSTITUCIÓN DE IMPORTACIONES / IMPULSO DE EXPORTACIONES NO TRADICIONALES: Consolidar nuestra soberanía productiva, al impulsar la sustitución de importaciones y promover las exportaciones no tradicionales, con el objeto de fortalecer la producción de bienes y servicios cuya importación ha requerido la utilización de una enorme cantidad de divisas, debilitando nuestra economía.

4. CULTURA DEL TRABAJO: Atender el cambio del modelo rentístico capitalista, mediante el fomento de la cultura del trabajo como estrategia central para la transición y construcción del socialismo.

5. REDES COMERCIALES: Los proyectos financiados deben estar al servicio de la creación de un nuevo tipo de comercio, un comercio social, justo, eliminando la intermediación y la especulación.

6. CARÁCTER ECOLÓGICO DE LAS UNIDADES DE PRODUCCIÓN: Estimular la inserción del aspecto ecológico, en función de tender a la creación de unidades de producción con bajo consumo energético, bajas emisiones contaminantes al ambiente, adecuado manejo de desechos sólidos, en consonancia con el entorno sociocultural.

7. INNOVACIÓN: Promover la innovación en procesos productivos, cuyos resultados tengan impacto a corto plazo en la eficiencia y/o reducción de costos de producción.

8. RELACIONES DE PRODUCCIÓN: En el marco de la transición del socialismo, estas formas asociativas deben apuntar hacia nuevas relaciones de producción, que contemplen la participación real de los trabajadores en los procesos de dirección de las fábricas a través de los consejos de trabajadores, el punto y círculo y relación con las comunidades o comunas del entorno, articulando dinámicas económicas.

Artículo 6

Sujetos de aplicación

El presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley, regula en todo el territorio nacional la conformación, el reconocimiento, funcionamiento y la gestión diaria de las nuevas formas asociativas con el Estado, en ese sentido, se dirige a:

a. ALIANZAS ESTRATÉGICAS

b. EMPRESAS CONJUNTAS

c. CONGLOMERADOS

Artículo 7

Prerrogativas de las nuevas formas Asociativas

Las formas asociativas objeto del presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley contarán con políticas, programas y planes específicos para promover:

1. Acceso a la redes de distribución y comercialización del Estado.

2. Asistencia técnica permanente.

3. Acceso a los planes de compras directas del Estado.

4. Acceso a Infraestructura, maquinarias y equipos que se encuentran a disposición del Estado.

5. Potenciar el escalamiento Productivo.

6. Acceso a la Formación y Capacitación.

7. Acceso a la Tecnología. Artículo 8

Organización de las Alianzas Estratégicas

En las alianzas estratégicas suscritas entre privados, comunitarias y el Estado, se procederá a designar directivos de la alianza, planificar los procesos conjuntos, hacer avalúo de la empresa, participar en la comercialización de los productos y generación de dividendos, revisar los procesos productivos así como estructuras de costos.

Las empresas participantes mantienen su identidad por separado, estableciendo los elementos comunes a la alianza estratégica.

Artículo 9

Estímulos

Las empresas conjuntas que presentan una participación accionaria del Estado de un mínimo de 40%, podrán:

1. Acceder a créditos y fondos especiales de impulso productivo, así como a tasas y condiciones preferenciales en la aplicación de la ley de crédito a la manufactura.

2. Excluirse del cumplimiento de trámites asociados a la Ley en materia de contrataciones públicas.

3. Acceder a los planes de compras directas del Estado.

4. Acceder a la simplificación de trámites administrativos, extendiéndose los alcances de que puedan ser objeto de las empresas Estales.

5. Posibilidad de exoneración del pago de impuestos, previa autorización del Presidente de la República.

6. Posibilidad de acceder a fondos especiales previa autorización del presidente de la República.

Artículo 10

Visión de los Conglomerados

Los conglomerados están orientados a la participación e integración de unidades socioproductivas de un sector productivo y ramos conexos, que buscan como fin asegurar la demanda conjunta de bienes y servicios para la producción, fomentando la colaboración y ayuda mutua así como el intercambio de saberes, garantizando de forma efectiva el abastecimiento de productos de alto consumo y sensibilidad social. En el caso de los conglomerados pueden ser unidades distantes espacialmente pero interconectadas en red.

Los conglomerados contarán con una empresa Estatal o conjunta a efectos de:

1.- Acceder a las compras conjuntas, generando economía de escala.

2.- Acceder a las redes de comercialización y distribución del Estado.

3.- Acceder a los planes de compras directas del estado. Artículo 11

Acceso a la tecnológica

Las alianzas estratégicas, empresas conjuntas y los conglomerados, podrán desarrollar proyectos de investigación e innovación tecnológica con el acompañamiento del ministerio con competencia en la materia.

Artículo 12

Acceso a la formación

Estas nuevas formas de unidades productivas deberán desarrollar espacios para la formación de los trabajadores y trabajadoras dentro del marco de la escuela en la Fábrica.

Artículo 13

Orden público

Las disposiciones del presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley son de orden público y se aplicarán con preferencia a cualquier otra del mismo rango.

DISPOSICIÓN FINAL

Única

El presente Decreto entrará en vigencia partir de la publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

Dado en Caracas, a los quince días del mes de junio de dos mil doce. Año 202º de la Independencia, 153º de la Federación y 13º de la Revolución Bolivariana. Cúmplase,

(L.S.)

HUGO CHÁVEZ FRÍAS

Refrendado

El Vicepresidente Ejecutivo, ELÍAS JAUA MILANO

La Ministra del Poder Popular del Despacho de la Presidencia, ÉRIKA DEL VALLE FARÍAS PEÑA

El Ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, TARECK EL AISSAMI

El Ministro del Poder Popular para Relaciones Exteriores, NICOLÁS MADURO MOROS

El Ministro del Poder Popular de Planificación y Finanzas, JORGE GIORDANI

El Ministro del Poder Popular para la Defensa, HENRY DE JESÚS RANGEL SILVA

La Ministra del Poder Popular para el Comercio, EDMÉE BETANCOURT DE GARCÍA

El Ministro del Poder Popular de Industrias, RICARDO JOSÉ MENÉNDEZ PRIETO

El Ministro del Poder Popular para el Turismo, ALEJANDRO ANTONIO FLEMING CABRERA

El Encargado del Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras, ELÍAS JAUA MILANO

La Ministra del Poder Popular para la Educación Universitaria, MARLENE YADIRA CÓRDOVA

La Ministra del Poder Popular para la Educación, MARYANN DEL CARMEN HANSON FLORES

La Ministra del Poder Popular para la Salud, EUGENIA SADER CASTELLANOS

La Ministra del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social, MARÍA CRISTINA IGLESIAS

El Ministro del Poder Popular para Transporte Terrestre, JUAN DE JESÚS GARCÍA TOUSSAINTT

La Ministra del Poder Popular para Transporte Acuático y Aéreo, ELSA ILIANA GUTIÉRREZ GRAFFE

El Ministro del Poder Popular para Vivienda y Hábitat, RICARDO ANTONIO MOLINA PEÑALOZA

El Ministro del Poder Popular de Petróleo y Minería, RAFAEL DARÍO RAMÍREZ CARREÑO

El Ministro del Poder Popular para el Ambiente, ALEJANDRO HITCHER MARVALDI

El Ministro del Poder Popular para Ciencia, Tecnología e Innovación, JORGE ALBERTO AREAZA MONTSERRAT

El Ministro del Poder Popular para la Comunicación y la Información, ANDRÉS GUILLERMO IZARRA GARCÍA

La Ministra del Poder Popular para las Comunas y Protección Social, ISIS OCHOA CAÑIZÁLEZ

El Ministro del Poder Popular para la Alimentación, CARLOS OSORIO ZAMBRANO

El Ministro del Poder Popular para la Cultura, PEDRO CALZADILLA

El Ministro del Poder Popular para el Deporte, HÉCTOR RODRÍGUEZ CASTRO

La Ministra del Poder opular para los Pueblos Indígenas, NICIA MALDONADO MALDONADO

La Ministra del Poder Popular para la Mujer y la Igualdad de Género, NANCY PÉREZ SIERRA

El Ministro del Poder Popular para la Energía Eléctrica, HÉCTOR NAVARRO DÍAZ

La Ministra del Poder Popular para la Juventud, MARÍA PILAR HERNÁNDEZ DOMÍNGUEZ

La Ministra del Poder Popular para el Servicio Penitenciario, MARÍA IRIS VARELA RANGEL

El Ministro de Estado para la Banca Pública, RODOLFO CLEMENTE MARCO TORRES

El Ministro de Estado para la Transformación Revolucionaria de la Gran Caracas, FRANCISCO DE ASÍS SESTO NOVAS

TAXONOMÍA DE LAS GENERACIONES

Taxonomía de las Generaciones


Las tecnologías cada día juegan un papel más importante en nuestras vidas, tanto es así que existe una clasificación o taxonomía según el año de nuestro nacimiento. Abajo una imagen bien resumida y explicativa acerca de dicho tema aunque el nombre puede variar en otros países:




Tomada de: https://www.lavanguardia.com/vivo/20180408/442342457884/descubre-que-generacion-perteneces.html


Hoy tomaremos como referencia para este artículo la investigación realizada por la Universidad de Michigan acerca de las generaciones las cuales las clasifica en 4:


  • Baby Boomers (nacidos entre 1945 y 1964)
  • Generación X (nacidos entre 1965 y 1981)
  • Generación Y o Millennials (nacidos entre 1982 y 1994)
  • Generación Z o Centennials (nacidos a partir de 1995 y hasta el presente)

Para saber más acerca del tema y de las características que presenta cada genereción te sugiero leer el siguiente artículo que está bien completo:


Tecnología y trabajo Baby Boomers, Generación X, Millennials y Centennials, ¿a qué generación perteneces?


Según mi año de nacimiento (1982) pertenezco a la generación Millennials y leyendo sus características me identifico con la mayoría de ellas; aunque leí: "Según estudios, duran en sus trabajos un promedio de dos años" afirmación de la cual difiero porque soy una persona muy estable y he durado muchos años en mis trabajos. 


Y leyendo sobre el tema entendí porque mis hijas aspiran a ser YouTubers...☺☺

CRÍTICA AL PROGRAMA DE GOTHA


Crítica al programa de Gotha




Fue un texto de Carlos Marx escrito en el año 1875 en respuesta a un programa del Partido Obrero Alemán. Para entender esta crítica lo primero que debemos abordar para poder entender el contexto es que el Congreso de Gotha se realizó en Alemania y fue en donde se unificaron todos los partidos políticos obreros, llamándose así Partido Socialista Obrero.

Es una carta crítica que le envía Marx a los dirigentes alemanes en donde considera que sus discípulos en esa unificación que lograron hicieron muchas concesiones fuera de lugar en su momento. 

Aquí puede descargar el el documento en PDF: DESCARGAR

Para entender un poco mejor, dejaré el siguiente enlace de un programa venezolano el cual explica mejor con especialistas en el tema.